San Juan – La Cámara de Diputados presentó un proyecto de ley de Registro de Obstructores de Vínculos familiares. El objetivo es cuando las parejas se separen queden registradas para que cumplan con sus obligaciones como es el régimen de visitas.
La Cámara de Diputados presentó este jueves una Ley de Registro de Obstructores de Vínculos Familiares. El objetivo es que las parejas que se separen y tengan hijos queden registradas para que no violen los derechos de los niños. El diputado Fernando Maya explicó a Canal 13 de qué se trata el proyecto:
“Pretende ser una herramienta para la justicia, es para que cuando haya un conflicto en las parejas pero que cumplan con los regímenes que tienen que ver con los derechos del niños”, argumentó.
“Muchas veces los padres utilizan a los hijos de rehenes para vengarse de la pareja. Esto es totalmente perjudicial para los menores”, agregó.
Se considerará “obstructor de vínculos familiares” a la persona que gozando de la tenencia del menor y teniendo sentencia firme en los términos de la Ley Nacional N° 24.270, realice alguna de las siguientes acciones:
-Incumplir el régimen de visitas dispuesto judicialmente
-Impedir el contacto con su progenitor u otros parientes
-No poner en conocimiento del otro progenitor cuestiones relativas a la salud, la educación, la persona o los bienes del menor
-Cambiar de domicilio sin previo aviso
-Impedir al menor participar en los acontecimientos familiares relativos a su progenitor, abuelos u otros parientes
-Desvalorizar al progenitor no conviviente
-Inducir o influir para que el menor se enfrente con su progenitor o parientes
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